43. CASTIDAD, POBREZA Y OBEDIENCIA
Los consejos evangélicos
de la castidad consagrada a Dios, la pobreza y la obediencia, puesto que están
fundados en las palabras y ejemplos del Señor y recomendados por los Apóstoles,
por los
Padres, doctores y pastores de la Iglesia, son un don divino que la Iglesia recibió del Señor, y que con su gracia conserva perpetuamente. La autoridad de la Iglesia, regida por el Espíritu Santo, se preocupó de interpretar esos consejos, de regular su práctica y de determinar también las formas estables de vivirlos. De ahí ha resultado que han ido creciendo, a la manera de un árbol que, de una semilla divina, se ramifica espléndido y pujante en el campo del Señor, formas diversas de vida solitaria y vida en común en gran variedad de familias que se desarrollan, ya para provecho de sus propios miembros, ya para el bien de todo el Cuerpo de Cristo[137]. Y es que esas familias ofrecen a sus miembros todas las condiciones para una mayor estabilidad en su modo de vida, una doctrina experimentada para conseguir la perfección, una comunión fraterna en la milicia de Cristo y una libertad fortalecida por la obediencia, de tal modo que puedan guardar fielmente y cumplir con seguridad su profesión religiosa, avanzando en el camino de la caridad con espíritu gozoso[138].
Padres, doctores y pastores de la Iglesia, son un don divino que la Iglesia recibió del Señor, y que con su gracia conserva perpetuamente. La autoridad de la Iglesia, regida por el Espíritu Santo, se preocupó de interpretar esos consejos, de regular su práctica y de determinar también las formas estables de vivirlos. De ahí ha resultado que han ido creciendo, a la manera de un árbol que, de una semilla divina, se ramifica espléndido y pujante en el campo del Señor, formas diversas de vida solitaria y vida en común en gran variedad de familias que se desarrollan, ya para provecho de sus propios miembros, ya para el bien de todo el Cuerpo de Cristo[137]. Y es que esas familias ofrecen a sus miembros todas las condiciones para una mayor estabilidad en su modo de vida, una doctrina experimentada para conseguir la perfección, una comunión fraterna en la milicia de Cristo y una libertad fortalecida por la obediencia, de tal modo que puedan guardar fielmente y cumplir con seguridad su profesión religiosa, avanzando en el camino de la caridad con espíritu gozoso[138].
Un estado así, en la
divina y jerárquica Constitución de la Iglesia, no es un estado intermedio
entre la condición del clero y la condición seglar, sino que de ésta y de
aquélla se sienten llamados por Dios algunos fieles al goce de un don
particular en la vida de la Iglesia para contribuir, cada uno a su modo, en su
misión salvífica[139].
44. DISTINTIVO ESPECIAL
Por los votos, o por
otros sagrados vínculos análogos a los votos por su naturaleza, con los cuales
se obliga el fiel cristiano a la práctica de los tres consejos evangélicos
antes citados, se entrega totalmente al servicio de Dios sumamente amado, de
tal forma que queda destinado con un nuevo título al servicio y gloria de Dios.
Ya por el bautismo había muerto al pecado y se había consagrado a Dios: ahora,
para conseguir un fruto más abundante de la gracia bautismal, trata de
liberarse, por la profesión de los consejos evangélicos en la Iglesia, de los
impedimentos que podrían apartarle del fervor de la caridad y de la perfección
del culto divino, y se consagra más íntimamente al divino servicio[140]. Esta
consagración será tanto más perfecta cuanto por vínculos más firmes y más
estables se represente mejor a Cristo, unido con vínculo indisoluble a su
Esposa, la Iglesia.
Y como los consejos
evangélicos tienen la virtud de unir con la Iglesia y con su misterio de una
manera especial a quienes los practican, por la caridad a la que conducen[141],
es menester que su vida espiritual se consagre al bien de toda la Iglesia. De
ahí nace el deber de trabajar según las fuerzas y según el género de la propia
vocación, sea con la oración, sea con la actividad laboriosa, por implantar o
robustecer en las almas el Reino de Cristo y dilatarlo por todo el mundo. De
ahí también que la Iglesia proteja y favorezca la índole propia de los diversos
institutos religiosos.
Por consiguiente, la
profesión de los consejos evangélicos aparece como un distintivo que puede y
debe atraer eficazmente a todos los miembros de la Iglesia a cumplir sin
desfallecimiento los deberes de la vocación cristiana. Porque, al no tener el
Pueblo de Dios una ciudadanía permanente en este mundo, -sino que busca la
futura- el estado religioso, al dejar más libres a sus seguidores frente a los
cuidados terrenos, manifiesta mejor a todos los creyentes los bienes celestiales
-presentes incluso en esta vida-, da un testimonio de la vida nueva y eterna
conseguida por la redención de Cristo y preanuncia la resurrección futura y la
gloria del Reino celestial. Y ese mismo estado imita más de cerca y representa
perpetuamente en la Iglesia aquella forma de vida que el Hijo de Dios escogió
al venir al mundo para cumplir la voluntad del Padre, y que dejó propuesta a
los discípulos que quisieran seguirle. Finalmente, pone a la vista de todos, de
una manera peculiar, la elevación del Reino de Dios sobre todo lo terreno y sus
grandes exigencias; demuestra también a todos los hombres la maravillosa
grandeza de la virtud de un Cristo que reina y el infinito poder del Espíritu
Santo que obra maravillas en su Iglesia.
Por consiguiente, un
estado cuya esencia está en la profesión de los consejos evangélicos, aunque no
pertenezca a la estructura jerárquica de la Iglesia, pertenece, sin embargo, de
una manera indiscutible a su vida y a su santidad.
45. REGLAS Y CONSTITUCIONES
Siendo un deber de la
jerarquía eclesiástica el apacentar al Pueblo de Dios y conducirlo a los pastos
mejores (cf. Ezeq., 34, 14), toca también a ella dirigir con la sabiduría de
sus leyes la práctica de los consejos evangélicos, con los que se fomenta de un
modo singular la perfección de la caridad hacia Dios y hacia el prójimo[142].
La misura jerarquía siguiendo dócilmente el impulso del Espíritu Santo, admite
las reglas propuestas por varones y mujeres ilustres, y las aprueba
auténticamente después de ordenarlas, y además está presente con su autoridad
vigilante y protectora en el desarrollo de los institutos, erigidos por todas
partes para la edificación del Cuerpo de Cristo, a fin de que crezcan y
florezcan según el espíritu de sus fundadores.
El Sumo Pontífice, por
razón de su primado sobre toda la Iglesia, para proveer mejor a las necesidades
de toda la grey del Señor, puede eximir de la jurisdicción de los Ordinarios de
lugar y someter a su sola autoridad a cualquier Instituto de perfección y a cada
uno de sus miembros[143]. Y por la misma razón pueden ser éstos dejados o
confiados a la autoridad patriarcal propia. Los miembros de estos institutos,
en el cumplimiento de sus deberes para con la Iglesia, según la forma peculiar
de su Instituto, deben prestar a los Obispos la debida reverencia y obediencia
según las leyes canónicas, por su autoridad pastoral en las Iglesias
particulares y por la necesaria unidad y concordia en el trabajo
apostólico[144].
La Iglesia, no sólo eleva
con su sanción la profesión religiosa a la dignidad de un estado canónico, sino
que la presenta en la misma acción litúrgica como un estado consagrado a Dios.
Ya que la misma Iglesia, con la autoridad recibida de Dios, recibe los votos de
los profesos, les obtiene del Señor, con la oración pública, los auxilios y la
gracia divina, les encomienda a Dios, y les imparte una bendición espiritual,
asociando su oblación al sacrificio eucarístico.
46. PURIFICACIÓN DEL ALMA
Pongan, pues, especial
solicitud los religiosos en que, por ellos, la Iglesia muestre mejor cada día a
fieles e infieles, a Cristo, ya sea entregado a la contemplación en el monte,
ya sea anunciando el Reino de Dios a las turbas, sanando enfermos y heridos,
convirtiendo los pecadores a una vida más virtuosa, bendiciendo a los niños,
haciendo el bien a todos, siempre obediente a la voluntad del Padre que le
envió[145].
Tengan por fin todos bien
entendido que la profesión de los consejos evangélicos, aunque lleva consigo la
renuncia de bienes que indudablemente son de mucho valor, sin embargo, no es un
impedimento para el verdadero progreso de la persona humana, sino que, por su
misma naturaleza, lo favorece grandemente. Porque los consejos evangélicos,
aceptados voluntariamente según la vocación personal de cada uno, contribuyen
no poco a la purificación del corazón y a la libertad espiritual, excitan
continuamente el fervor de la caridad y, sobre todo, como se demuestra con el
ejemplo de tantos santos fundadores, son capaces de asemejar más la vida del
hombre cristiano a la vida virginal y pobre que para sí escogió Cristo Nuestro
Señor y abrazó su Madre, la Virgen. Ni piense nadie que los religiosos, por su
consagración, se hacen extraños a la Humanidad o inútiles para la ciudad
terrena. Porque, aunque en algunos casos no asisten directamente a los
prójimos, los tienen, sin embargo, presentes, de un modo más profundo, en las
entrañas de Cristo, y cooperan con ellos espiritualmente para que la
edificación de la ciudad terrena se funde siempre en Dios y se dirija a El,
"no sea que trabajen en vano los que la edifican"[146].
Por eso este Sagrado
Sínodo confirma y alaba a los hombres y mujeres, hermanos y hermanas que, en
los monasterios, en las escuelas y hospitales o en las misiones, honran a la
Esposa de Cristo con la constante y humilde fidelidad en su consagración y
ofrecen a todos los hombres generosamente los más variados servicios.
47. PERSEVERANCIA
Esmérese por consiguiente
todo el que haya sido llamado a la profesión de estos consejos, por perseverar
y destacarse en la vocación a la que ha sido llamado por Dios, para que más
abunde la santidad en la Iglesia y para mayor gloria de la Trinidad, una e
indivisible, que en Cristo y por Cristo es la fuente y origen de toda santidad.
[136] Acerca de la práctica efectiva de los consejos que no se imponen a
todos, Cfr. S. Juan Crisóstomo In Mt. Hom., 7, 7: PG 57, 8 s. S. Ambrosio, De
Viduis, 4, 23: PL 16, 241 s.
[137] Cf. Rosweyde, Vitae Patrum, Amberes, 1628, Apophtegmata Patrum: PG
65. Paladio, Historia Lausiaca: PG 34, 991 ss.: ed. C. Butier, Cambridge, 1898 (1904). Pío XI,
Const. Apost. Umbratilem, 8 jul. 1924: AAS 16 (1924), pp. 386-387. Pío XII, Aloc. Nous sommes heureux, 11 abr. 1958: AAS 50 (1958), p. 283.
[138] Paulo VI, Aloc. Magno gaudio, 23 mayo 1964: AAS 56 (1964), p. 566.
[139] Cf. Cod. Der. Can., c. 487 y 488. 4o. Pío XII. Aloc. Annus sacer,
8 dic. 1950: AAS 43 (1951), p. 27 s. Pío XII. Const. Apost. Provida Mater, 2 febr. 1947: AAS 39 (1947), páginas 120 ss.
[140] Paulo VI, 1, c., p. 567.
[141] Cf. Sto. Tomás, Summa Theol., II-II, q. 184, a 3 y q. 188. a. 2. S.
Buenaventura, Opusc. XI. Apologia Pauperum, c. 3, 3: ed. Obras, Quaracchi, t.
8, 1898, p. 245 a.
[142] Cf. Conc. Vat. I. Esquema De Ecclesia Christi, cap. XV, et Anot., 48:
Mansi, 51, 549 s. et 619 s. León XII, Epist. Au milieu des consolations, 23 dic. 1900: AAS 33 (1900-01), página 361.
Pío XII. Const. Apost. Provida Mater, 1, c., páginas 114 s.
[143] Cf. León XIII, Const. Romanos Pontífices, 8 mayo 1881: AAS 13
(1880-81), p. 483. Pío
XII, Aloc. Annus sacer, 8 dic. 1950: AAS 43 (1951), pp. 28 s.
[144] Cf. Pío XII,
Aloc. Annus sacer, 1, c., p. 28. Pío XII, Const. Apost. Sedes Sapientiae, 21 mayo 1956: AAS 48 (1956), pág. 355. Paulo VI, 1. c.,
pp. 570-571.
[145] Cf. Pío XII, Litt. Encycl., Mystici Corporis, 29 jun. 1943: AAS
35 (1943), pp. 214 s.
[146] Cf. Pío XII,
Aloc. Annus sacer, 1, c., p. 30. Aloc. Sous la maternelle protection, 9 dic. 1957: AAS 50 (1958), páginas
39 s.
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